¿COMO SE CLASIFICAN LOS DEFECTOS DE LA ITV?
Cuando pasas la Inspección Técnica de tu Vehículo , te pueden detectar defectos leves , graves y muy graves. A continuación explicamos con qué criterios aplican estos defectos. Están regulados en el Real decreto 224/2008.
-DL: Defectos leves
Defectos que no tienen un efecto significativo en la seguridad del vehículo o protección del medio ambiente.
El vehículo puede circular temporalmente aunque debe ser reparado lo antes posible, al ser un defecto leve no hace falta pasar una nueva inspección,sera favorable a no ser que la inspección haya sido desfavorable o negativa.
-DG: Defecto grave
Defectos que disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo y ponen en riesgo a otros usuarios de la vía pública o la protección del medio ambiente.
El vehículo no puede circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o para la regularización de su situación y vuelta a la estación de ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses.
La inspección técnica será descalificada como desfavorable.
-DMG: Defecto muy grave
Defectos que constituyen un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial.
Este vehículo no puede circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o regularización de su situación y vuelta a la estación ITV para nueva inspección.
La inspección será negativa si acusa al vehículo de defectos muy graves que afecten a los ocupantes del vehículo o a otros usuarios de la vía pública.
En este caso será trasladado por medios a genos al vehículo (Mediante la grúa), una vez reparado los defectos muy graves se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses.